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Calculadora de paro 2026: cuánto y cuánto tiempo cobrarás

Si te has quedado sin empleo, hay dos cifras que necesitas saber cuanto antes: cuánto vas a cobrar al mes y durante cuántos meses. Esta calculadora aplica las reglas vigentes en 2026 —artículos 269 y 270 de la Ley General de la Seguridad Social— y te devuelve las dos cifras al instante, sin registro y sin dejar ningún dato.

Todo el cálculo ocurre en tu navegador. Introduce tu salario bruto, los meses que has cotizado en los últimos seis años y tu situación familiar, y verás la cuantía de los primeros seis meses, la del séptimo en adelante, la duración total y el importe acumulado de toda la prestación.

El bruto de tu nómina, antes de impuestos y sin horas extra.

Número de pagas

Con 14 pagas prorrateamos las extras: tu base sube a /mes.

meses

Solo cuentan los 6 años anteriores al despido (máximo 72 meses). Lo tienes en tu informe de vida laboral.

Hijos a cargo

Menores de 26 años (o con discapacidad) que convivan contigo y no tengan rentas superiores al SMI.

Jornada

A tiempo parcial se ajustan los topes de la prestación.

Introduce tu salario bruto mensual para ver tu estimación.

Cómo se calcula el paro: la fórmula del SEPE

La prestación contributiva por desempleo se calcula en tres pasos encadenados. Ninguno de ellos depende de la causa del despido: lo que manda es cuánto has cotizado y cuánto has ganado.

1. La base reguladora

Es la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) de los últimos 180 días trabajados, excluyendo la retribución por horas extraordinarias. Así lo fija el artículo 270.1 de la LGSS.

Simplificación de esta calculadora: casi nadie conoce de memoria esa base, así que te pedimos tu salario bruto mensual como aproximación. Para un asalariado estándar, la base por contingencias profesionales equivale prácticamente a la retribución bruta total con las pagas extra prorrateadas; por eso, si cobras en 14 pagas, multiplicamos tu salario mensual por 14 y lo dividimos entre 12. La estimación se desvía si tienes retribución variable muy irregular, muchas horas extra o un salario por encima de la base máxima de cotización.

2. El porcentaje: 70 % y luego 60 %

Sobre la base reguladora se aplica el 70 % durante los primeros 180 días y el 60 % a partir del día 181. Ese segundo porcentaje era del 50 % hasta el 31 de mayo de 2023; la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado lo elevó al 60 % y ahí sigue en 2026. Es el error más frecuente en las calculadoras que circulan por internet.

3. Los topes máximo y mínimo

El resultado nunca puede quedar por encima ni por debajo de unos límites que dependen del IPREM mensual incrementado en una sexta parte. En 2026 el IPREM sigue congelado en 600 € al mes —los Presupuestos de 2023 se han prorrogado un año más— por lo que el IPREM incrementado es de 700 € y los topes quedan así:

Situación familiarCuantía mínimaCuantía máxima
Sin hijos a cargo80 % — 560,00 €175 % — 1.225,00 €
Con 1 hijo a cargo107 % — 749,00 €200 % — 1.400,00 €
Con 2 o más hijos a cargo107 % — 749,00 €225 % — 1.575,00 €

Cuentan como hijos a cargo los menores de 26 años (o mayores con discapacidad) que convivan contigo y no tengan rentas superiores al salario mínimo. Si trabajabas a tiempo parcial, ambos topes se reducen en la misma proporción que tu jornada.

Cuánto dura el paro: tabla oficial de días cotizados

La duración no depende de tu salario, solo de los días cotizados en los seis años anteriores a la situación legal de desempleo. La escala del artículo 269 de la LGSS es lineal: cada 180 días cotizados te dan 60 días más de prestación, desde los 4 meses mínimos hasta el tope de 2 años.

Días cotizados (últimos 6 años)Duración de la prestaciónEquivalencia
Desde 360 hasta 539120 días4 meses
Desde 540 hasta 719180 días6 meses
Desde 720 hasta 899240 días8 meses
Desde 900 hasta 1.079300 días10 meses
Desde 1.080 hasta 1.259360 días12 meses
Desde 1.260 hasta 1.439420 días14 meses
Desde 1.440 hasta 1.619480 días16 meses
Desde 1.620 hasta 1.799540 días18 meses
Desde 1.800 hasta 1.979600 días20 meses
Desde 1.980 hasta 2.159660 días22 meses
Desde 2.160 o más720 días24 meses

Por debajo de 360 días cotizados no hay derecho a la prestación contributiva. En ese caso, con al menos 3 meses cotizados (si tienes responsabilidades familiares) o 6 meses (si no las tienes), puedes solicitar el subsidio por desempleo, que es asistencial: se calcula sobre el IPREM y no sobre tu salario.

Un detalle que sorprende a mucha gente: si trabajaste a tiempo parcial, cada día trabajado cuenta como un día cotizado completo a efectos de duración, aunque solo hicieras dos horas. La parcialidad afecta a la cuantía, no al calendario.

Del bruto al neto: lo que realmente llega al banco

Las cifras de la calculadora son brutas. Del importe mensual el SEPE descuenta tu parte de la cotización a la Seguridad Social —un 4,7 % de la base reguladora— y, cuando procede, la retención de IRPF. La retención suele ser baja o incluso del 0 % al principio, porque la previsión anual de la prestación no siempre alcanza el mínimo exento. Ojo con esto último: si en el mismo año has cobrado salario y paro, tienes dos pagadores, y eso puede obligarte a declarar y a pagar en la renta del año siguiente.

Paro y jubilación anticipada: la conexión que casi nadie ve

Si tienes más de 55 años, el paro no es solo un ingreso puente: es una pieza de tu jubilación. Mientras cobras la prestación contributiva, el SEPE cotiza por ti por la contingencia de jubilación, de modo que esos meses siguen sumando años cotizados y evitan que se abran lagunas en tu base reguladora.

Además, haber cesado por una causa ajena a tu voluntad —un ERE, un despido objetivo o un despido declarado improcedente— es precisamente lo que abre la puerta a la jubilación anticipada involuntaria, que permite retirarse hasta cuatro años antes de la edad ordinaria con coeficientes reductores más suaves que la modalidad voluntaria. Agotar el paro antes de solicitarla suele ser la estrategia más rentable, porque cada mes de prestación es un mes más de cotización y un mes menos de penalización.

Si estás en esa situación, merece la pena poner número a las dos decisiones a la vez. Nuestra calculadora de jubilación gratuita te estima la pensión que te quedaría en cada escenario —ordinaria, anticipada voluntaria e involuntaria— y compara la diferencia mensual de por vida. Puedes ver también la guía general de jubilación anticipada 2026 con los coeficientes reductores actualizados.

Cuando se acaba el paro: el subsidio para mayores de 52 años

Agotada la prestación contributiva, la red asistencial más relevante para quien ronda los 50 es el subsidio para mayores de 52 años. Requiere tener 52 años cumplidos, acreditar 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral (dos de ellos en los últimos 15) y 6 años cotizados por desempleo, además de no superar el límite de rentas del 75 % del SMI. Su cuantía es el 80 % del IPREM: 480 € al mes en 2026.

Lo verdaderamente importante de este subsidio no es su importe, sino que el SEPE cotiza por jubilación mientras lo cobras, tomando como base el 125 % de la base mínima de cotización. Es la única ayuda que se puede mantener hasta la edad ordinaria de jubilación, y evita que los últimos años antes de retirarte entren en el cálculo de tu base reguladora como meses en blanco. Si has agotado el paro pasados los 52, solicitarlo dentro de plazo puede valer bastante más que los 480 € mensuales visibles.

Preguntas frecuentes sobre el paro

¿Cuánto se cobra de paro en 2026?
Durante los primeros 180 días cobras el 70 % de tu base reguladora, y a partir del día 181 el 60 %. La base reguladora es la media de tus bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días trabajados, sin contar horas extra. Sobre ese resultado se aplican los topes: en 2026 el máximo es de 1.225 € al mes sin hijos a cargo, 1.400 € con un hijo y 1.575 € con dos o más; el mínimo es de 560 € sin hijos y 749 € con hijos.
¿Cuántos meses de paro me corresponden?
Depende de los días cotizados en los seis años anteriores al desempleo. La escala del artículo 269 de la LGSS concede 120 días de prestación (4 meses) con 360 días cotizados y sube 60 días de prestación por cada 180 días cotizados adicionales, hasta el máximo de 720 días (24 meses) a partir de 2.160 días cotizados. Con menos de 360 días cotizados no hay derecho a la prestación contributiva.
¿Sigue siendo el 50 % a partir del sexto mes?
No. El porcentaje del segundo tramo subió del 50 % al 60 % de la base reguladora con la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado, con efectos desde el 1 de junio de 2023, y ese 60 % sigue vigente en 2026. Si una calculadora te muestra un 50 % a partir del día 181, está desactualizada.
¿Qué pasa si trabajaba a tiempo parcial?
Tu base reguladora ya será menor porque tus bases de cotización lo son. Además, los topes máximo y mínimo se reducen en proporción a las horas trabajadas: si tu jornada era del 50 %, el tope máximo sin hijos baja de 1.225 € a 612,50 € y el mínimo de 560 € a 280 €. Lo que no se reduce es la duración: cada día trabajado a tiempo parcial cuenta como un día cotizado completo.
¿Puedo cobrar el paro y jubilarme anticipadamente después?
Sí, y es la vía habitual. Para acceder a la jubilación anticipada involuntaria (hasta 4 años antes de la edad ordinaria) la Seguridad Social exige haber cesado por una causa ajena a tu voluntad, como un ERE o un despido objetivo, y normalmente haber estado inscrito como demandante de empleo. Cobrar el paro durante esos años mantiene tus cotizaciones, ya que el SEPE cotiza por ti por jubilación mientras dura la prestación contributiva.
¿Qué es el subsidio para mayores de 52 años?
Es una ayuda asistencial para quienes han agotado la prestación contributiva, tienen 52 años o más, acreditan 15 años cotizados (6 de ellos por desempleo) y no superan el límite de rentas del 75 % del SMI. La cuantía es el 80 % del IPREM, es decir 480 € al mes en 2026, y se puede cobrar hasta la edad ordinaria de jubilación. Su gran ventaja es que el SEPE cotiza por jubilación durante todo ese tiempo, lo que evita que se abran lagunas en tu base reguladora.

Fuentes oficiales

  • Duración: artículo 269 de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).
  • Cuantía, base reguladora y topes: artículo 270 de la LGSS.
  • Porcentaje del 60 % desde el día 181: Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, con efectos desde el 1 de junio de 2023.
  • IPREM 2026 (600 €/mes): Ley 31/2022 (PGE 2023), prorrogados para 2026. El IPREM está congelado desde el 1 de enero de 2023 al no aprobarse nuevos Presupuestos.
  • Cuantías vigentes: SEPE, apartado Prestaciones por desempleo → Cuantías anuales.

Esta calculadora ofrece una estimación orientativa basada en la normativa vigente en 2026 y en los datos que introduces. No es un cálculo oficial: el reconocimiento y el importe de la prestación corresponden al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que utiliza tus bases de cotización reales. No constituye asesoramiento jurídico ni financiero.