Simulador Jubilación Clases Pasivas 2026: calcula tu pensión de funcionario
Resumen Rápido
- •Simula tu pensión de Clases Pasivas con los haberes reguladores de 2026 (Anexo III del Real Decreto 241/2026) y la escala tasada del artículo 31 de la Ley de Clases Pasivas. El cálculo se ejecuta en tu navegador: no se envía ni se guarda ningún dato.
- •La pensión no sale de tu sueldo real, sino del haber regulador de tu grupo: de 52.697,06 € al año en el A1 a 21.485,65 € en el grupo E y Agrupaciones profesionales.
- •El porcentaje no es proporcional a los años. 15 años de servicio dan el 26,92 %, 30 años el 81,73 % y el 100,00 % llega con 35 años.
- •Si has promocionado de cuerpo, el simulador aplica el artículo 31.2, que no reparte la pensión entre grupos: cada cuerpo aporta solo la diferencia de haber regulador por los años que van desde tu acceso a él hasta la jubilación.
- •También te dice cuándo te jubilas: la jubilación forzosa son 65 años (70 en cuerpos como jueces y magistrados, fiscales, letrados de la administración de justicia, catedráticos y profesores titulares de universidad, registradores de la propiedad) y la voluntaria se abre a los 60 con 30 años de servicios efectivos.
- •Adelantar la jubilación no reduce la pensión con ningún coeficiente: en Clases Pasivas no existe. Se cobra menos solo por acreditar menos años de servicio.
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Calcular mi pensión gratisQué necesitas para simular tu pensión de Clases Pasivas
Solo dos datos, y ninguno es tu nómina. La pensión de Clases Pasivas no se calcula sobre lo que has cotizado, sino sobre un importe tasado por grupo de clasificación:
- Tu grupo de clasificación (A1, A2, B, C1, C2 o E). Es el que consta en tu nombramiento, no tu nivel de complemento de destino.
- Tus años completos de servicio efectivo al Estado, los que tendrás el día de la jubilación. Son años de servicio, no años cotizados a la Seguridad Social.
Con eso el simulador aplica la fórmula del artículo 31 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado (Real Decreto Legislativo 670/1987): haber regulador × porcentaje de la escala, dividido entre 14 pagas. Si añades tu fecha de nacimiento, además te dice a qué edad y en qué fecha puedes jubilarte.
Tabla de haberes reguladores de Clases Pasivas 2026
Es el importe anual que la ley asigna a cada grupo. Dos funcionarios del mismo grupo con los mismos años de servicio tienen la misma pensión, aunque hayan cobrado sueldos distintos.
| Grupo | Cuerpos típicos | Haber regulador (€/año) | Equivalente mensual |
|---|---|---|---|
| Grupo A1 | Técnicos superiores, inspectores, cuerpos superiores del Estado | 52.697,06 € | 3.764,08 € |
| Grupo A2 | Gestión de la Administración, técnicos medios | 41.473,91 € | 2.962,42 € |
| Grupo B | Cuerpos y escalas clasificados en el grupo B del EBEP | 36.317,13 € | 2.594,08 € |
| Grupo C1 | Administrativos del Estado, tramitación procesal | 31.852,67 € | 2.275,19 € |
| Grupo C2 | Auxiliares administrativos, auxilio judicial | 25.200,74 € | 1.800,05 € |
| Grupo E (Ley 30/1984) y Agrupaciones profesionales | Ordenanzas, personal de apoyo y servicios | 21.485,65 € | 1.534,69 € |
Fuente: Anexo III del Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo (BOE-A-2026-6977). El importe mensual es el anual entre 14 pagas, el divisor que fija el artículo 31.5.
La escala del artículo 31: por qué no es «años entre 35»
El error más repetido sobre este régimen es suponer que el porcentaje es proporcional. No lo es: la escala está tasada en el artículo 31.1 y queda por debajo de la proporción en todos los escalones intermedios. Con 25 años de servicio corresponde el 63,46 %, no el 71,43 % que saldría de una regla de tres. Estos son los escalones que más se consultan, con lo que suponen en el Grupo C1:
| Años de servicio | Porcentaje del haber regulador | Pensión mensual en el Grupo C1 |
|---|---|---|
| 15 años | 26,92 % | 612,48 € |
| 20 años | 45,19 % | 1.028,16 € |
| 25 años | 63,46 % | 1.443,84 € |
| 30 años | 81,73 % | 1.859,51 € |
| 33 años | 92,69 % | 2.108,87 € |
| 35 años | 100,00 % | 2.275,19 € |
La escala completa, año a año desde el primero, está en la guía de Clases Pasivas.
Si has promocionado de cuerpo: el artículo 31.2
Es lo normal en muchas carreras administrativas, y especialmente en la Administración de Justicia: se entra por Auxilio Judicial, se promociona a Tramitación y de ahí a Gestión Procesal. El artículo 31.2 resuelve ese caso con una fórmula diferencial, no con un reparto entre grupos:
P = R₁ × C₁ + (R₂ − R₁) × C₂ + (R₃ − R₂) × C₃ + …
Rᵢ es el haber regulador de cada cuerpo y Cᵢ el porcentaje de la escala correspondiente a los años completos de servicio que van desde el ingreso en ese cuerpo hasta la jubilación. De ahí que C₁ recoja siempre la carrera entera, y que cada promoción sume únicamente su diferencia de haber regulador, aplicada solo a los años que quedaban por delante. Así queda la carrera típica de Justicia:
| Cuerpo | Haber que aporta | Años desde el acceso | Porcentaje | Aportación anual |
|---|---|---|---|---|
| Auxilio Judicial (C2) | 25.200,74 € | 35 | 100,00 % | 25.200,74 € |
| Tramitación Procesal (C1) | 6.651,93 € | 25 | 63,46 % | 4.221,31 € |
| Gestión Procesal (A2) | 9.621,24 € | 15 | 26,92 % | 2.590,04 € |
| Pensión anual | 32.012,09 € | |||
Son 2.286,58 € al mes en 14 pagas. Repartir en cambio los haberes reguladores entre los años servidos en cada grupo daría 34.075,51 € al año: 2.063,42 € de más, un 6,45 % por encima de lo que fija la ley. Ese atajo cuenta los primeros años de Auxilio Judicial como si ya se hubieran servido con el haber regulador de Gestión, y es la razón por la que muchos simuladores devuelven una cifra que después la resolución no confirma.
Cuándo te jubilas si vas por Clases Pasivas
Esta es la otra mitad de la pregunta, y la respuesta no se parece a la del Régimen General. Clases Pasivas tiene sus propias edades y no sigue el calendario que lleva la edad ordinaria general hacia los 67 años:
- Jubilación forzosa: 65 años (artículo 28.2.a). Se declara automáticamente, salvo prórroga en el servicio activo.
- 70 años en los colectivos con normativa propia: jueces y magistrados, fiscales, letrados de la administración de justicia, catedráticos y profesores titulares de universidad, registradores de la propiedad.
- Voluntaria desde los 60 años, si acreditas 30 años de servicios efectivos al Estado (artículo 28.2.b).
- Carencia: 15 años de servicios efectivos para causar pensión ordinaria (artículo 29). Por debajo no hay pensión de jubilación que calcular.
Y una diferencia de fondo que conviene tener clara antes de decidir: en Clases Pasivas no se aplica ningún coeficiente reductor por adelantar la jubilación. No se descuenta ningún porcentaje trimestral ni anual. Quien se va antes cobra menos por acreditar menos años de servicio y caer en un escalón más bajo de la escala, que es una cosa distinta de una penalización.
Qué no cubre este simulador
- Los años cotizados al Régimen General antes de opositar. No son servicios efectivos al Estado y no entran en el artículo 31, aunque pueden darte una pensión aparte del INSS.
- La pensión de retiro por incapacidad permanente, que tiene sus propias reglas y no está sujeta a la carencia de 15 años.
- La retención de IRPF. Las cifras que ves son brutas; para el neto puedes usar la calculadora de pensión neta.
- El mutualismo administrativo. La asistencia sanitaria al jubilarte se decide aparte, y la explicamos en jubilación MUFACE.
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Calcular mi pensión gratisPreguntas Frecuentes
¿Cómo se calcula la pensión de Clases Pasivas?
¿Cuál es el haber regulador de mi grupo en 2026?
¿Cuándo me jubilo si voy por Clases Pasivas?
¿Me penaliza jubilarme antes de los 65?
¿Y si he promocionado de un cuerpo a otro?
¿Qué años cuentan como servicios efectivos al Estado?
¿Hay un tope? ¿Puedo cobrar el haber regulador completo?
¿Estoy en Clases Pasivas o en el Régimen General?
¿El resultado es lo que voy a cobrar?
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