Jubilación Anticipada Voluntaria 2026: Guía Completa
Resumen Rápido
- •La jubilación anticipada voluntaria exige al menos 35 años cotizados y permite adelantar la jubilación un máximo de 2 años (8 trimestres) respecto a la edad ordinaria.
- •La edad mínima en 2026 es de 64 años y 10 meses si tienes menos de 38 años y 3 meses cotizados, o de 63 años si superas ese umbral de cotización.
- •Cada trimestre de adelanto reduce la pensión entre un 1,500 % y un 1,875 % de forma permanente, según los años cotizados acumulados.
- •La pensión resultante —tras aplicar los coeficientes— debe superar la pensión mínima garantizada para mayores de 65 años; si no la supera, la Seguridad Social deniega la solicitud.
¿Qué es la jubilación anticipada voluntaria?
La jubilación anticipada voluntaria es la modalidad de acceso temprano a la pensión de jubilación en la que es el propio trabajador quien decide retirarse antes de cumplir la edad ordinaria establecida por la Seguridad Social. A diferencia de la jubilación anticipada involuntaria —que exige acreditar un cese ajeno a la voluntad del trabajador como un despido o un ERE—, la modalidad voluntaria no requiere justificar ninguna causa externa: basta con cumplir los requisitos de edad y cotización.
El acceso a esta modalidad tiene un precio: por cada trimestre que el trabajador se adelanta a la edad ordinaria, la Seguridad Social aplica un coeficiente reductor que disminuye la pensión de forma permanente. Esta penalización puede suponer entre un 12 % y un 15 % de reducción si el trabajador se adelanta el máximo permitido (2 años). Por eso, antes de solicitar la jubilación anticipada voluntaria es imprescindible hacer los cálculos con precisión.
En esta guía encontrarás todos los requisitos vigentes en 2026, la tabla completa de coeficientes reductores, ejemplos prácticos de cálculo y los factores que debes valorar para decidir si te compensa adelantarte o esperar a la edad ordinaria.
Requisitos para la jubilación anticipada voluntaria en 2026
Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria deben cumplirse simultáneamente cuatro condiciones. El incumplimiento de cualquiera de ellas determina la denegación de la solicitud.
1. Mínimo de 35 años cotizados
La normativa exige acreditar al menos 35 años efectivamente cotizados a la Seguridad Social. Este cómputo incluye únicamente las cotizaciones reales: no se suman los períodos de excedencia sin cotización, ni los asimilados que no generaron cotización efectiva (como algunos períodos de desempleo subsidiado). Sí computan, en cambio, los períodos de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y los períodos cotizados en el extranjero en el marco de convenios bilaterales.
Los 35 años se cuentan en meses completos: 420 meses. Si el trabajador tiene 419 meses cotizados, la solicitud es denegada por incumplir este requisito.
2. Edad mínima según los años cotizados
La edad mínima de acceso a la jubilación anticipada voluntaria se obtiene restando 2 años de la edad ordinaria de jubilación del trabajador en el año en que solicita la prestación. Dado que la edad ordinaria en 2026 depende a su vez de los años cotizados, la edad mínima varía de la siguiente manera:
| Años cotizados acreditados | Edad ordinaria 2026 | Edad mínima anticipada voluntaria |
|---|---|---|
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses | 64 años y 10 meses |
| 38 años y 3 meses o más | 65 años | 63 años |
El adelanto máximo permitido es de 2 años exactos (8 trimestres). No es posible jubilarse antes de estas edades mínimas bajo la modalidad voluntaria, aunque se cumplan todos los demás requisitos.
3. Superación de la pensión mínima garantizada
La cuantía de la pensión que resulte de aplicar los coeficientes reductores debe ser superior a la pensión mínima garantizada para mayores de 65 años sin cónyuge a cargo (referencia orientativa 2026: en torno a 700 €/mes). Este requisito actúa como un filtro: si la pensión anticipada queda por debajo de ese umbral, la Seguridad Social deniega la solicitud sin posibilidad de complemento a mínimos. El trabajador deberá esperar a la edad ordinaria para acceder a la pensión con el complemento correspondiente.
4. Cese total en la actividad laboral
La jubilación anticipada voluntaria es incompatible con cualquier trabajo por cuenta ajena, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial. El trabajador debe acreditar el cese total en la actividad antes de que se reconozca la pensión. A diferencia de la jubilación activa (disponible solo desde la edad ordinaria), no existe ninguna vía de compatibilidad durante la jubilación anticipada.
Coeficientes reductores por trimestre en 2026
El coeficiente reductor es el porcentaje que se descuenta de la pensión por cada trimestre completo de adelanto respecto a la edad ordinaria. El importe resultante es permanente: no se recupera al cumplir la edad ordinaria ni al llegar a los 67 años. Los coeficientes están escalonados según los años cotizados acumulados: cuantos más años haya cotizado el trabajador, menor es el porcentaje de penalización por trimestre.
Tabla de coeficientes reductores — modalidad voluntaria
| Años cotizados acreditados | Reducción por trimestre | Reducción máxima (8 trimestres / 2 años) |
|---|---|---|
| Menos de 38 años y 6 meses | 1,875 % | 15,00 % |
| De 38 años y 6 meses a menos de 41 años y 6 meses | 1,750 % | 14,00 % |
| De 41 años y 6 meses a menos de 44 años y 6 meses | 1,625 % | 13,00 % |
| 44 años y 6 meses o más | 1,500 % | 12,00 % |
Los coeficientes se aplican sobre la cuantía íntegra que correspondería al trabajador en la jubilación ordinaria (base reguladora multiplicada por el porcentaje por años cotizados). El resultado final no puede superar el tope máximo de la Seguridad Social en 2026: 3.359 €/mes (47.026 €/año).
Nótese que el límite entre tramos se establece en años y meses, no en años y trimestres. Por ejemplo, un trabajador con 38 años y 5 meses cotizados cae en el primer tramo (coeficiente 1,875 %), mientras que uno con 38 años y 6 meses exactos ya entra en el segundo tramo (1,750 %).
Ejemplos prácticos de cálculo
Para ilustrar cómo funcionan los coeficientes en la práctica, presentamos tres escenarios con distintos perfiles de trabajador. En todos los casos se asume que el trabajador cumple los requisitos de edad y cotización y que su pensión ordinaria ya ha sido calculada.
Ejemplo 1: trabajador con 36 años cotizados que se adelanta 2 años
Carlos tiene 64 años y 10 meses en 2026 y ha cotizado 36 años (432 meses). Su pensión ordinaria asciende a 1.750 €/mes. Quiere jubilarse ya, adelantándose el máximo permitido de 2 años (8 trimestres).
- Tramo de cotización: menos de 38 años y 6 meses → coeficiente de 1,875 % por trimestre.
- Trimestres de adelanto: 8.
- Reducción total: 8 × 1,875 % = 15,00 %.
- Pensión anticipada: 1.750 × (1 − 0,15) = 1.487,50 €/mes de por vida.
Carlos perderá 262,50 €/mes de manera permanente. Si vive 20 años tras jubilarse, el coste total del adelanto será de 63.000 €. A cambio, recibirá la pensión durante 2 años más antes de lo previsto: 2 × 12 × 1.487,50 = 35.700 € adicionales. El punto de equilibrio (breakeven) se alcanza a los ~7,4 años de comenzar a cobrar la pensión anticipada.
Ejemplo 2: trabajador con 42 años cotizados que se adelanta 1 año
Elena tiene 63 años y 10 meses, ha cotizado 42 años y su pensión ordinaria es de 2.100 €/mes. Solo quiere adelantarse 1 año (4 trimestres), no el máximo.
- Tramo de cotización: de 41 años y 6 meses a menos de 44 años y 6 meses → coeficiente de 1,625 % por trimestre.
- Trimestres de adelanto: 4.
- Reducción total: 4 × 1,625 % = 6,50 %.
- Pensión anticipada: 2.100 × (1 − 0,065) = 1.963,50 €/mes de por vida.
La reducción de 136,50 €/mes es considerablemente menor que en el ejemplo anterior, gracias a la combinación de un tramo de cotización más alto y solo 1 año de adelanto. El punto de equilibrio se alcanza a los ~8,8 años de cobro.
Ejemplo 3: solicitud denegada por incumplir la pensión mínima
Marta tiene 64 años y 10 meses, ha cotizado 35 años y 3 meses, y su pensión ordinaria es de 680 €/mes. Quiere adelantarse 1 año (4 trimestres).
- Tramo de cotización: menos de 38 años y 6 meses → coeficiente de 1,875 % por trimestre.
- Reducción total: 4 × 1,875 % = 7,50 %.
- Pensión anticipada resultante: 680 × (1 − 0,075) = 629 €/mes.
- Pensión mínima garantizada para mayores de 65 años sin cónyuge (referencia 2026): ~700 €/mes.
La pensión anticipada (629 €) es inferior a la mínima garantizada (700 €). La Seguridad Social denegará la solicitud. Marta deberá esperar a los 66 años y 10 meses para jubilarse con el complemento a mínimos que eleve su pensión hasta el umbral garantizado.
Cómo verificar si tu pensión anticipada supera la mínima
Antes de presentar la solicitud, conviene calcular con precisión si la pensión anticipada resultante supera la pensión mínima garantizada. El proceso es el siguiente:
- Calcula tu base reguladora. Utiliza los 300 meses cotizados más recientes (opción A) o los 302 mejores de los últimos 352,33 meses (opción B transitoria), según cuál te resulte más favorable. Consulta la guía de cómo calcular la pensión de jubilación para el detalle del cálculo.
- Aplica el porcentaje por años cotizados. Con 35 años cotizados (el mínimo para la modalidad voluntaria) el porcentaje es del 100 % desde la reforma de 2023. Con más de 35 años la pensión puede superar el 100 % de la base reguladora mediante los complementos de carrera larga.
- Aplica los coeficientes reductores. Multiplica el número de trimestres de adelanto por el coeficiente de tu tramo de cotización y descuenta el resultado de la pensión ordinaria.
- Compara con la pensión mínima garantizada. Si la cifra resultante es inferior a la pensión mínima para mayores de 65 años sin cónyuge a cargo, no podrás acogerte a la modalidad anticipada voluntaria.
Puedes obtener una estimación rápida usando nuestro simulador de jubilación gratuito o solicitando el cálculo oficial a la Seguridad Social a través del servicio «Tu Seguridad Social» en la sede electrónica.
¿Cuándo compensa jubilarse anticipadamente de forma voluntaria?
La decisión de adelantar la jubilación es irreversible: una vez que la pensión se reconoce con los coeficientes reductores aplicados, no es posible revisarla al alza aunque posteriormente se sigan cotizando períodos adicionales. Por eso es fundamental valorar todos los factores antes de solicitarla.
Estado de salud y esperanza de vida
Es el factor decisivo. Los coeficientes reductores penalizan al trabajador de forma acumulativa a lo largo de toda su jubilación: cuanto más tiempo viva, mayor es el coste total del adelanto. Si el estado de salud o los antecedentes familiares apuntan a una esperanza de vida inferior a la media, anticiparse puede tener sentido financiero; si por el contrario hay razones para esperar una vida larga, la penalización se convierte en un coste muy elevado.
Como referencia orientativa: adelantarse 2 años con el coeficiente más alto (15 % de reducción) supone, para una pensión de 1.500 €/mes, un punto de equilibrio a los ~8 años de cobro. Si el trabajador vive más de 8 años tras jubilarse —lo que estadísticamente ocurre en la inmensa mayoría de los casos—, habrá perdido dinero en términos acumulados.
Situación financiera y ahorros disponibles
Si el trabajador dispone de ahorros suficientes para cubrir su nivel de vida durante los 1 o 2 años que podría esperar hasta la edad ordinaria, la estrategia más rentable suele ser aguardar. Si, por el contrario, no tiene ingresos alternativos ni ahorros relevantes, la jubilación anticipada puede ser la única opción viable para no caer en situación de necesidad económica.
También conviene considerar el impacto fiscal: una pensión mensual más baja puede situar al trabajador en un tramo del IRPF más reducido, lo que compensa parcialmente —nunca del todo— la penalización bruta de los coeficientes.
Minimizar el adelanto: la estrategia del «solo un año»
No es necesario adelantarse el máximo permitido. Adelantarse únicamente 4 trimestres (1 año) en lugar de 8 trimestres (2 años) reduce a la mitad la penalización permanente. En muchos casos vale la pena esperar ese año adicional —especialmente si el trabajador está en buenas condiciones de salud y puede seguir trabajando— para reducir el coste a largo plazo.
Asimismo, si la edad ordinaria de jubilación es de 65 años (por tener 38 años y 3 meses o más cotizados), adelantarse solo 1 año implica jubilarse a los 64 años, lo que puede ser un punto de equilibrio razonable entre anticipación y penalización.
Satisfacción laboral y condiciones de trabajo
El componente no financiero también importa. Trabajos físicamente exigentes, entornos laborales adversos o una salud que se deteriora por la actividad profesional pueden justificar el adelanto de la jubilación aunque el análisis económico puro no lo aconseje. La calidad de vida durante los años de jubilación tiene un valor que no se captura en los cálculos de coeficientes.
Cómo solicitar la jubilación anticipada voluntaria: documentación y plazos
El trámite de solicitud puede realizarse por tres vías y conviene iniciarlo con al menos 3 meses de antelación a la fecha prevista de jubilación.
- Vía telemática. A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (importass.gob.es), con certificado digital, DNI electrónico o usuario Cl@ve.
- Vía telefónica. Llamando al 901 50 20 50 para solicitar cita previa y gestionar la tramitación con un agente.
- Presencialmente. En cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), siempre con cita previa.
La documentación necesaria es la siguiente:
- DNI o NIE en vigor.
- Número de afiliación a la Seguridad Social.
- Número de cuenta bancaria en formato IBAN donde se domiciliará el cobro de la pensión.
- Informe de vida laboral actualizado (descargable en la Sede Electrónica o en el CAISS). Conviene revisarlo antes de presentar la solicitud para detectar y corregir posibles períodos no reflejados.
La Seguridad Social dispone de un plazo máximo de 90 días para resolver la solicitud. Si la resolución es favorable, la pensión se reconoce con efectos desde la fecha de presentación de la solicitud (no desde la fecha de la resolución), por lo que los atrasos se abonan en un único pago retroactivo.
Jubilación anticipada voluntaria frente a involuntaria: tabla comparativa
Si tienes la posibilidad de acogerte a la modalidad involuntaria (por despido, ERE u otras causas reconocidas), debes saber que es la opción más favorable en todos los aspectos. La siguiente tabla resume las diferencias clave:
| Característica | Voluntaria | Involuntaria |
|---|---|---|
| Años cotizados mínimos | 35 años | 33 años |
| Adelanto máximo sobre edad ordinaria | 2 años (8 trimestres) | 4 años (16 trimestres) |
| Edad mínima 2026 (<38a 3m cotizados) | 64 años y 10 meses | 62 años y 10 meses |
| Edad mínima 2026 (≥38a 3m cotizados) | 63 años | 61 años |
| Coeficiente por trimestre (tramo base) | 1,875 % | 1,875 % |
| Reducción máxima posible | 12 % – 15 % | 24 % – 30 % |
| Requiere acreditar causa externa | No | Sí (despido, ERE, etc.) |
| Compatible con trabajo a tiempo parcial | No | No |
Si te encuentras en una situación que podría dar acceso a la modalidad involuntaria (por ejemplo, un ERE inminente o un despido reciente), consulta en detalle los requisitos en nuestra guía sobre jubilación anticipada involuntaria antes de decidir si solicitas la voluntaria.
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¿Cuántos años debo cotizar para acceder a la jubilación anticipada voluntaria?
¿Cuál es la edad mínima de jubilación anticipada voluntaria en 2026?
¿Cómo se calcula exactamente la reducción por jubilación anticipada voluntaria?
¿Puedo trabajar mientras cobro la jubilación anticipada voluntaria?
¿Qué ocurre si mi pensión anticipada queda por debajo de la pensión mínima?
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